Facultades generales—Donaciones de inmuebles; recepción

22 L.P.R.A. § 6a, under Proyectos de Obras Públicas; Adquisición de Propiedad.

22 L.P.R.A. § 6a

Se autoriza al Secretario de Transportación y Obras Públicas para que acepte a nombre del Estado Libre Asociado de Puerto Rico todas aquellas donaciones de inmuebles y demás derechos reales que a juicio del Secretario de Transportación y Obras Públicas sean necesarios o convenientes para el desarrollo de obras de utilidad pública para el Pueblo de Puerto Rico.