Contratación de personal

22 L.P.R.A. § 84, under Proyectos de Obras Públicas; Adquisición de Propiedad.

22 L.P.R.A. § 84

El Secretario de Transportación y Obras Públicas queda por la presente autorizado a contratar, sin licitación, por competencia, los servicios de personal profesional o técnico y cualesquiera otros servicios necesarios para llevar a cabo los fines y propósitos de esta ley.