Conflicto de intereses

22 L.P.R.A. § 913, under Ley para la Recolección y Cosecha de Lluvia en Puerto Rico.

22 L.P.R.A. § 913

No podrá desempeñar un cargo ejecutivo en la Autoridad ninguna persona que tenga interés económico substancial, directo o indirecto, en alguna empresa privada con la cual la Autoridad celebre contratos o realice transacciones de cualquier índole.