Exención del pago de contribuciones

23 L.P.R.A. § 111n, under Bonos, Sistema de Informática Electrónica.

23 L.P.R.A. § 111n

Todos los bonos y pagarés emitidos bajo las disposiciones de este capítulo, así como los intereses por ellos devengados, estarán exentos del pago de toda contribución impuesta por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y sus instrumentalidades.