Apelaciones

23 L.P.R.A. § 204, under Zonas de Aeropuertos.

23 L.P.R.A. § 204

De cualquier actuación o decisión de la Oficina de Gerencia de Permisos que envuelva la aplicación de este capítulo o de los reglamentos que, de acuerdo con el mismo, se adopten y promulguen, podrá acudirse en revisión ante el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico.