Será ilegal operar o hacer que se opere cualquier equipo eléctrico dentro de un radio de cuatro (4) millas de la localización del Centro.
23 L.P.R.A. § 214, under Zonificación para el Centro de Radio-Astronomía.
23 L.P.R.A. § 214
Será ilegal operar o hacer que se opere cualquier equipo eléctrico dentro de un radio de cuatro (4) millas de la localización del Centro.