Responsabilidades fiscales y contributivas de la persona natural o jurídica seleccionada

23 L.P.R.A. § 228h, under Ley para Autorizar la Venta de Derechos de Designación de Propiedades Públicas.

23 L.P.R.A. § 228h

Como requisito para la vigencia continua del contrato suscrito, la persona natural o jurídica a la cual se adjudiquen los derechos de designación de cualquier propiedad pública, será responsable de mantenerse al día en su obligaciones de pago al Gobierno de Puerto Rico de contribuciones por concepto de ingresos, los arbitrios, las patentes municipales, las contribuciones sobre los bienes muebles e inmuebles, y cualquier otro derecho y arancel aplicable, conforme a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico de Puerto Rico.