Residencial Caribe de José “Chegüí” Torres Rivera

23 L.P.R.A. § 230t, under Zonas, Edificios y Monumentos Históricos.

23 L.P.R.A. § 230t

(a) Se denomina el Residencial Caribe en el Municipio Autónomo de Ponce, propiedad de la Administración de Vivienda Pública, con el nombre del excampeón mundial y medallista olímpico del deporte del boxeo José “Chegüí” Torres Rivera.

(b) La Administración de Vivienda Pública y el Departamento de Transportación y Obras Públicas, tomarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta sección. De igual forma, la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas de Puerto Rico tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento con esta sección.