Reglamentación

23 L.P.R.A. § 2402, under Navegacion y Trafico Maritimo.

23 L.P.R.A. § 2402

El Administrador aprobará reglas y reglamentos para regular el servicio de pilotaje en los puertos de Puerto Rico de acuerdo con los poderes que se confieren a la Autoridad en las secs. 2201 y 2401 de este título y según se dispone en su sec. 2109 de este título.