Facultades y deberes de la Autoridad

23 L.P.R.A. § 2602, under Navegacion y Trafico Maritimo.

23 L.P.R.A. § 2602

La Autoridad tendrá el control, jurisdicción y administración de toda parte de la zona marítimo-terrestre incluida en una zona portuaria, de éste y todos los edificios y estructuras enclavadas en la misma que estén bajo el control y administración de la Autoridad, según se provee en la sec. 2202 de este capítulo.