No se expedirá ningún injunction para impedir la aplicación de las secs. 271 a 291a de este título o cualquier parte de las mismas.
23 L.P.R.A. § 289, under Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico.
23 L.P.R.A. § 289
No se expedirá ningún injunction para impedir la aplicación de las secs. 271 a 291a de este título o cualquier parte de las mismas.