Exención de requisitos de la Ley de Servicio Público de Puerto Rico

23 L.P.R.A. § 2921, under Navegacion y Trafico Maritimo.

23 L.P.R.A. § 2921

Por la presente se exime a la Autoridad y a la entidad contratada de las secs. 1001 et seq. del Título 27, conocidas como la “Ley de Servicio Público de Puerto Rico”.