Facilidades vecinales en el desarrollo urbano—Dispensa de facilidades

23 L.P.R.A. § 30f, under Disposiciones Varias.

23 L.P.R.A. § 30f

La Oficina de Gerencia de Permisos, tomando en consideración las facilidades vecinales existentes en las áreas adyacentes, la magnitud o localización de los desarrollos de urbanización propuestos, incluyendo edificios multipisos, y otros factores análogos que hagan innecesario el requerimiento, tendrá facultad para eximir de todas o parte de estas facilidades vecinales.