La Autoridad de los Puertos de Puerto Rico tendrá la supervisión general de las actividades aeronáuticas en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y de la operación, mantenimiento y protección de los aeropuertos en el Estado Libre Asociado.
23 L.P.R.A. § 462, under Actividades Aeronáuticas.
23 L.P.R.A. § 462
La Autoridad de los Puertos de Puerto Rico tendrá la supervisión general de las actividades aeronáuticas en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y de la operación, mantenimiento y protección de los aeropuertos en el Estado Libre Asociado.