Reglamentación—Facultad para adoptarla

23 L.P.R.A. § 463, under Actividades Aeronáuticas.

23 L.P.R.A. § 463

En el ejercicio de los poderes aquí conferidos, la Administración de Fomento Económico tendrá poder para aprobar y enmendar reglas y reglamentos, generales o especiales, con el propósito de proteger y garantizar la seguridad y el interés público, la seguridad de las personas que reciban instrucción, operen, usen o viajen en aviones y de las personas o propiedad en aeropuertos, en mar o tierra con el propósito de desarrollar y promover las actividades aeronáuticas en el Estado Libre Asociado.