Tiempo de reclamación de los incentivos, deducciones y otros beneficios

23 L.P.R.A. § 5216, under Fomento Comunal.

23 L.P.R.A. § 5216

Cualquiera de los incentivos, deducciones y otros beneficios otorgados por virtud de las secs. 5204, 5208 y 5209 de este título podrá ser reclamado durante años contributivos comenzados antes del 1 de enero de 2015.