Compra de bonos vigentes

23 L.P.R.A. § 6448, under Ley de Desarrollo Turístico de Puerto Rico de 2010.

23 L.P.R.A. § 6448

La Autoridad está autorizada a comprar cualquier bono vigente emitido u obligación asumida por la Corporación con cualquiera de sus fondos disponibles para ello, a un precio que no sea mayor que la cantidad principal o el precio actual de reembolso de éstos más el interés acumulado.