Informes

23 L.P.R.A. § 6464, under Ley de Desarrollo Turístico de Puerto Rico de 2010.

23 L.P.R.A. § 6464

(a) La Autoridad someterá al Gobernador del Estado Libre Asociado Puerto Rico un informe anual que incluirá la siguiente información:(a) Un informe y estado financiero de los negocios de la Autoridad durante el año anterior;(b) una descripción de los contratos y transacciones de la Autoridad durante el año anterior, y(c) el estado y progreso del financiamiento y actividades hasta la fecha del informe.

(a) Un informe y estado financiero de los negocios de la Autoridad durante el año anterior;

(b) una descripción de los contratos y transacciones de la Autoridad durante el año anterior, y

(c) el estado y progreso del financiamiento y actividades hasta la fecha del informe.