Las disposiciones de las secs. 278 et seq. y 279 et seq. del Título 10, según enmendadas, o de cualquier ley sucesora, no serán aplicables a ningún contrato o acuerdo del cual la Autoridad sea parte.
23 L.P.R.A. § 6468, under Ley de Desarrollo Turístico de Puerto Rico de 2010.
23 L.P.R.A. § 6468
Las disposiciones de las secs. 278 et seq. y 279 et seq. del Título 10, según enmendadas, o de cualquier ley sucesora, no serán aplicables a ningún contrato o acuerdo del cual la Autoridad sea parte.