Plan de financiamiento público

23 L.P.R.A. § 6946, under Distrito Especial Turístico de la Montaña.

23 L.P.R.A. § 6946

Se ordena a la Compañía de Turismo desarrollar un plan de financiamiento público para el Distrito Especial Turístico de la Montaña y de promover el patrocinio económico del sector privado. En atención a lo anterior, el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, sujeto a las disposiciones de su Ley Orgánica y al cumplimiento de sus políticas y reglamentos vigentes, colaborará con la Compañía de Turismo en el desarrollo de dicho plan de financiamiento público.