(a) Cada año, dentro de los ciento veinte (120) días después del cierre del año fiscal, el Fideicomiso presentará un informe al Gobernador, así como a las Secretarías de ambos Cuerpos Legislativos. Dicho informe deberá incluir lo siguiente:(a) Un estado financiero auditado por contadores públicos autorizados reconocidos, y un informe completo de las actividades del Fideicomiso para el año fiscal anterior.(b) Una relación completa y detallada de todos sus contratos y transacciones durante el año fiscal a que corresponda el informe.(c) Información completa de la situación y progreso de sus actividades, hasta la fecha de su último informe.(d) Información sobre iniciativas nuevas, proyectos especiales y actividades educativas que promuevan el registro de propiedad intelectual.(e) El plan de trabajo del Fideicomiso para el año fiscal siguiente.
(a) Un estado financiero auditado por contadores públicos autorizados reconocidos, y un informe completo de las actividades del Fideicomiso para el año fiscal anterior.
(b) Una relación completa y detallada de todos sus contratos y transacciones durante el año fiscal a que corresponda el informe.
(c) Información completa de la situación y progreso de sus actividades, hasta la fecha de su último informe.
(d) Información sobre iniciativas nuevas, proyectos especiales y actividades educativas que promuevan el registro de propiedad intelectual.
(e) El plan de trabajo del Fideicomiso para el año fiscal siguiente.