Disposiciones transitorias

23 L.P.R.A. § 6971a, under Ley de Turismo Náutico de 2010.

23 L.P.R.A. § 6971a

Se faculta a la Compañía a reglamentar, promover e intervenir en todo aspecto relacionado a la calidad y desarrollo de los servicios que se ofrecen o pueden ofrecidos a los turistas por parte de las personas o entidades jurídicas que operan embarcaciones de turismo náutico y/o se dediquen a actividades de turismo náutico, incluyendo marinas turísticas.