Confidencialidad de la información

23 L.P.R.A. § 6981l, under Ley de Turismo Náutico de 2010.

23 L.P.R.A. § 6981l

La administración de este capítulo y los reglamentos y procesos que se desarrollen para implantar el mismo deberán garantizar la confidencialidad de la información de los pacientes, conforme a los requisitos de la Health Insurance Portability and Accountability Act of 1996 (HIPPA).