Exclusión de la aplicación de la sec. 4231 del Título 16

23 L.P.R.A. § 6982v, under Ley para la Promoción de Puerto Rico como Destino.

23 L.P.R.A. § 6982v

Por ser la Corporación una corporación privada sin fines de lucro, creada al amparo de la Ley General de Corporaciones, se dispone expresamente que la prohibición y procedimiento contenido en la sec. 4231 del Título 16, conocida como la “Ley Electoral del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, no le aplicará a las campañas de la Corporación para promoción de Puerto Rico como destino.