Informes

23 L.P.R.A. § 6985c, under Ley para la Promoción de Puerto Rico como Destino.

23 L.P.R.A. § 6985c

La Compañía de Turismo tendrá la obligación de someter anualmente un Informe Especial a la Asamblea Legislativa y al Gobernador(a) de Puerto Rico comprensivo del progreso y los logros del Programa.