Estándares legales y de calidad

23 L.P.R.A. § 6987e, under Ley para la Promoción de Puerto Rico como Destino.

23 L.P.R.A. § 6987e

Para que los negocios sean elegibles para recibir o mantener el endoso de la Compañía de Turismo de Puerto Rico, así como los demás beneficios incluidos en este capítulo, éstos deberán cumplir estrictamente con los estándares legales, de calidad y con la política pública establecida por la Compañía de Turismo de Puerto Rico. De lo contrario, podrán perder el endoso de la Compañía de Turismo de Puerto Rico y cualquier otro beneficio que hubieran recibido bajo este capítulo.