Se ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas a rotular el área y carreteras del destino turístico según denominado por el Comité de Planificación.
23 L.P.R.A. § 6988m, under Ley para la Promoción de Puerto Rico como Destino.
23 L.P.R.A. § 6988m
Se ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas a rotular el área y carreteras del destino turístico según denominado por el Comité de Planificación.