Se ordena al Municipio de Toa Baja, en conjunto con la Compañía de Turismo, a identificar y solicitar los fondos de recuperación disponibles, con las agencias locales y federales pertinentes, para el mejoramiento de la infraestructura de la zona descrita en la sec. 6995 de este título, como lo pueden ser el desarrollo de ensanche de aceras, asfalto de calles, instalación de rótulos, soterrado eléctrico, entre otros proyectos necesarios.