(a) Se declaran barrios o sectores de alta concentración de oferta gastronómica, así como se incluyen rutas gastronómicas preexistentes, que requieren especial atención en los esfuerzos de mercadeo, los siguientes:(a) Barrio Guavate, Cayey(b) Malecón de Las Américas, Arroyo(c) Sector Pozuelo, Guayama(d) Puerto de Jobos, Guayama(e) Barrio Aguirre, Salinas(f) Barrio Playita, Salinas(g) Barrio Jauca, Santa Isabel(h) Comunidad Villa Pulga, Santa Isabel(i) Barrio Gato, Orocovis(j) Ruta de la Longaniza, Orocovis(k) Rutas Gastronómicas del Guamaní, Guayama
(a) Barrio Guavate, Cayey
(b) Malecón de Las Américas, Arroyo
(c) Sector Pozuelo, Guayama
(d) Puerto de Jobos, Guayama
(e) Barrio Aguirre, Salinas
(f) Barrio Playita, Salinas
(g) Barrio Jauca, Santa Isabel
(h) Comunidad Villa Pulga, Santa Isabel
(i) Barrio Gato, Orocovis
(j) Ruta de la Longaniza, Orocovis
(k) Rutas Gastronómicas del Guamaní, Guayama