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23 L.P.R.A. § 6997e, under Centro Urbano Tradicional y Barrio Bairoa—Zonas de Turismo Gastronómico.

23 L.P.R.A. § 6997e

Ordenar al Municipio Autónomo de Caguas, en conjunto con los dueños de los establecimientos comerciales que comprenden las zonas descritas en la sec. 6997 de este título, a desarrollar un logo que los identifique, y a realizar la promoción de dichos establecimientos mediante las redes sociales y cualesquiera otros métodos disponibles al Municipio.