Se ordena a la Compañía de Turismo de Puerto Rico a integrar la Zona incluida en la sec. 6998 de este título dentro de su plan de trabajo y atemperar en sus futuras publicaciones en reconocimiento a su creación.
23 L.P.R.A. § 6998a, under Boquerón del Municipio de Cabo Rojo—Zona de Turismo Gastronómico.
23 L.P.R.A. § 6998a
Se ordena a la Compañía de Turismo de Puerto Rico a integrar la Zona incluida en la sec. 6998 de este título dentro de su plan de trabajo y atemperar en sus futuras publicaciones en reconocimiento a su creación.