Facultades y deberes de la Compañía de Turismo de Puerto Rico

23 L.P.R.A. § 6999a, under Frente Marítimo; Zona de Turismo Gastronómico.

23 L.P.R.A. § 6999a

(a) Se le ordena a la Compañía de Turismo de Puerto Rico a:(a) Establecer un Comité de Trabajo, que de así entenderlo pertinente, contará con composición interagencial, para que pueda identificar, tomar acción afirmativa y dar debido cumplimiento a todos los requerimientos aquí dispuestos. Este Comité de Trabajo deberá establecer los acuerdos colaborativos que sean necesarios con el Municipio de Cataño y/o cualquier otra entidad pública o privada para poder allegarse los recursos o presupuesto que sean necesarios para cumplir y hacer cumplir los propósitos de este capítulo. No obstante, si el Comité de Trabajo identifica que alguno de los requerimientos no puede ser atendido con el presupuesto y los recursos existentes del Municipio de Cataño, éste tendrá que asegurarse que los mismos estén específicamente consignados en los presupuestos subsiguientes.(b) Incluir esta Zona dentro de su plan estratégico regional correspondiente para así maximizar su potencial como promotor de desarrollo económico.(c) Desarrollar los planes de mercadeo y promoción que se estimen necesario, incluyendo el adiestramiento y apoyo a los comerciantes de la Zona, como al personal pertinente del Municipio de Cataño.(d) Coordinar con el Municipio de Cataño todo lo relacionado a la designación y establecimiento de esta Zona; incluyendo, pero sin limitarse a, aspectos tales como (1) toda legislación municipal que se estime necesaria y pertinente, (2) toda interacción con las disposiciones del Código de Orden Público, (3) la seguridad y vigilancia por parte de la Policía Municipal, (4) colaboración con asociaciones de comerciantes, residentes y asociaciones sin fines de lucro, (5) agilidad en los procesos de permisología requeridos a nivel municipal y (6) el diseño y utilización del logo distintivo de la Zona.(e) Coordinar con la Organización de Mercadeo de Destino, mejor conocida como el DMO por su acrónimo en inglés, todo lo relacionado a (1) la integración de la Zona en sus esfuerzos y campañas de mercadeo de nuestro destino, incluyendo aquellas que se llevan a cabo por medio de redes sociales, plataformas virtuales o por conducto de “influencers” y (2) ofrecer todo tipo de orientación y apoyo a los comerciantes de la Zona, conforme ya vienen realizando con diversos componentes del sector turístico.(f) Coordinar con el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio todo lo relacionado a (1) la integración del mandato de política pública dispuesto por este capítulo, con los planes estratégicos de desarrollo económico del Departamento, (2) la identificación de todo tipo de fondos federales y/o estatales que puedan estar disponibles, particularmente para los comerciantes que operen en esta Zona y (3) la agilidad en los procesos de permisología requeridos por la Oficina de Gerencia de Permisos.(g) Coordinar con la Junta de Planificación en torno a la posible designación de esta Zona como una “Zona de Interés Turístico”, conforme a las secs. 161 et seq. de este título.(h) Coordinar con el Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de Carreteras y Transportación todo lo relacionado al mantenimiento y la rotulación de las calles y carreteras en la Zona.(i) Coordinar con el Instituto de Cultura Puertorriqueña todo lo relacionado con la promoción de la Zona por su vínculo con el quehacer cultural de nuestra Isla.(j) Consultar con la Oficina de Gerencia y Presupuesto todo lo relacionado a las necesidades presupuestarias que pudiera requerir la implementación de este capítulo.

(a) Establecer un Comité de Trabajo, que de así entenderlo pertinente, contará con composición interagencial, para que pueda identificar, tomar acción afirmativa y dar debido cumplimiento a todos los requerimientos aquí dispuestos. Este Comité de Trabajo deberá establecer los acuerdos colaborativos que sean necesarios con el Municipio de Cataño y/o cualquier otra entidad pública o privada para poder allegarse los recursos o presupuesto que sean necesarios para cumplir y hacer cumplir los propósitos de este capítulo. No obstante, si el Comité de Trabajo identifica que alguno de los requerimientos no puede ser atendido con el presupuesto y los recursos existentes del Municipio de Cataño, éste tendrá que asegurarse que los mismos estén específicamente consignados en los presupuestos subsiguientes.

(b) Incluir esta Zona dentro de su plan estratégico regional correspondiente para así maximizar su potencial como promotor de desarrollo económico.

(c) Desarrollar los planes de mercadeo y promoción que se estimen necesario, incluyendo el adiestramiento y apoyo a los comerciantes de la Zona, como al personal pertinente del Municipio de Cataño.

(d) Coordinar con el Municipio de Cataño todo lo relacionado a la designación y establecimiento de esta Zona; incluyendo, pero sin limitarse a, aspectos tales como (1) toda legislación municipal que se estime necesaria y pertinente, (2) toda interacción con las disposiciones del Código de Orden Público, (3) la seguridad y vigilancia por parte de la Policía Municipal, (4) colaboración con asociaciones de comerciantes, residentes y asociaciones sin fines de lucro, (5) agilidad en los procesos de permisología requeridos a nivel municipal y (6) el diseño y utilización del logo distintivo de la Zona.

(e) Coordinar con la Organización de Mercadeo de Destino, mejor conocida como el DMO por su acrónimo en inglés, todo lo relacionado a (1) la integración de la Zona en sus esfuerzos y campañas de mercadeo de nuestro destino, incluyendo aquellas que se llevan a cabo por medio de redes sociales, plataformas virtuales o por conducto de “influencers” y (2) ofrecer todo tipo de orientación y apoyo a los comerciantes de la Zona, conforme ya vienen realizando con diversos componentes del sector turístico.

(f) Coordinar con el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio todo lo relacionado a (1) la integración del mandato de política pública dispuesto por este capítulo, con los planes estratégicos de desarrollo económico del Departamento, (2) la identificación de todo tipo de fondos federales y/o estatales que puedan estar disponibles, particularmente para los comerciantes que operen en esta Zona y (3) la agilidad en los procesos de permisología requeridos por la Oficina de Gerencia de Permisos.

(g) Coordinar con la Junta de Planificación en torno a la posible designación de esta Zona como una “Zona de Interés Turístico”, conforme a las secs. 161 et seq. de este título.

(h) Coordinar con el Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de Carreteras y Transportación todo lo relacionado al mantenimiento y la rotulación de las calles y carreteras en la Zona.

(i) Coordinar con el Instituto de Cultura Puertorriqueña todo lo relacionado con la promoción de la Zona por su vínculo con el quehacer cultural de nuestra Isla.

(j) Consultar con la Oficina de Gerencia y Presupuesto todo lo relacionado a las necesidades presupuestarias que pudiera requerir la implementación de este capítulo.