Fianzas de cumplimiento

23 L.P.R.A. § 9018l, under Planificacion Publica II.

23 L.P.R.A. § 9018l

La Oficina de Gerencia de Permisos, el Municipio Autónomo con Jerarquía de la I a la V, o el profesional autorizado podrán requerir como condición para la expedición de un permiso de construcción o de uso que se ha de desarrollar por etapas, la prestación de fianzas de ejecución en lugar de la terminación de las instalaciones, servicios y facilidades requeridas, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento Conjunto de Permisos.