Cooperación y acceso a información y bases de datos

23 L.P.R.A. § 9028d, under Planificacion Publica II.

23 L.P.R.A. § 9028d

Las entidades gubernamentales concernidas tienen el deber continuo de proveer a la Oficina de Gerencia de Permisos, toda aquella información o documentación en papel, en forma digital, o de cualquier otro tipo que sea necesaria para el cumplimiento de las facultades y deberes que bajo este capítulo se le asignan a la Oficina de Gerencia de Permisos.