Podrán solicitar certificación aquellas personas que cumplan con los requisitos dispuestos en este capítulo para el nivel que interesan y aquéllos dispuestos mediante reglamentación.
(a) Los niveles de certificación establecidos por este capítulo son:(a) Auxiliares en prevención.(b) Especialistas en prevención.
(a) Auxiliares en prevención.
(b) Especialistas en prevención.