Todo establecimiento de alimentos que tenga área de servi-carro y liste o ilustre productos en una pizarra, tablero o cualquier medio visual electrónico en un punto de venta, deberá tener disponible un folleto con la información del contenido calórico y de grasas de cada artículo de su menú estándar de alimentos, y deberá tener un rótulo en el punto de venta que indique de manera clara y de forma conspicua la disponibilidad del mismo y de donde provienen, es decir: grasas saturadas, carbohidratos, proteínas y sodio.