Penalidades

24 L.P.R.A. § 1034h, under Ley para la Divulgación de Información Nutricional.

24 L.P.R.A. § 1034h

En caso de violación a las disposiciones de este capítulo y de su reglamento, el Secretario podrá imponer multas administrativas al dueño o franquiciado del establecimiento de hasta quinientos (500) dólares por cada violación. En caso de violaciones subsiguientes, podrá imponer multas de hasta mil (1,000) dólares por cada violación subsiguiente.