Planes médicos

24 L.P.R.A. § 15031, under Hospitales, Instituciones y Programas de Salud.

24 L.P.R.A. § 15031

En los casos enumerados en la sec. 15029 de este título, los planes médicos deberán incluir en sus cubiertas médicas el suministro de leche materna a pacientes según sea recomendada, recetada o por prescripción médica como un beneficio de salud esencial.