Como SDE del HIE para Puerto Rico, el Programa Medicaid del Departamento de Salud contará con el asesoramiento de un Consejo Asesor. Periódicamente el Consejo Asesor se reunirá para ser informado y/o consultado sobre el proceso de desarrollo, operación y/o planificación estratégica/financiera de las actividades del HIE.
El Consejo Asesor deberá contar con la participación del(la) Secretario (a) de Salud, el(la) Director(a) Ejecutivo(a) de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico, el Procurador del Paciente, el(la) Secretario (a) de Hacienda, Director Ejecutivo de la Oficina de Innovación y Servicios de Tecnología (PRITS, por sus siglas en inglés), el(la) Director(a) de la Oficina de Gerencia y Presupuesto o sus delegados autorizados. Los otros miembros del Consejo Asesor serán representantes de las Organizaciones de Cuidado Administrado (MCO, por sus siglas en inglés), de los proveedores médicos, de las farmacias, de las facilidades de salud, de los laboratorios clínicos, de una asociación bonafide sin fines de lucro que represente a los facturadores de servicios de salud y de otras organizaciones bona fide relacionadas al sector de la salud en Puerto Rico. Estos serán designados por el Secretario de Salud.
Los miembros del Consejo Asesor del PRHIE no recibirán remuneración económica alguna por el desempeño de sus funciones y estarán exentos de rendir informes anuales a la Oficina de Ética Gubernamental. Los miembros del Consejo Asesor evitarán derivar beneficios para ellos o para terceros como parte de su función. El Consejo Asesor podrá crear comités que entienda necesarios para el trabajo de temas específicos relacionados el HIE y deberá reunirse periódicamente.