(1) Cada proveedor de servicios de salud considerado como entidad cubierta y que participe en el PRHIE deberá firmar un acuerdo como asociado de negocio (BAA, por sus siglas en inglés) y un acuerdo escrito de participación en el PRHIE, antes de comenzar a transmitir datos.
(2) Cada entidad cubierta que participe en el PRHIE puede autorizar a sus asociados de negocio en beneficio de la entidad cubierta, a presentar datos, o a acceder a datos almacenada en el PRHIE de conformidad con esta sección.
(3) Sin perjuicio de cualquier ley o reglamento federal o estatal que establezca lo contrario, cada entidad cubierta que participe en el PRHIE puede divulgar a otras entidades cubiertas la información de salud protegida de un individuo a través del PRHIE para cualquier propósito permitido por HIPAA. (2015‑241, s. 12A.5(d); 2015‑264, s. 86.5c); 2017-57, s. 11A.5(d).)