Informe

24 L.P.R.A. § 183f, under Ley de Conservación de la Salud de Niños y Adolescentes.

24 L.P.R.A. § 183f

El Secretario de Educación someterá un informe anual al Gobernador de Puerto Rico, a los Cuerpos Legislativos y al Secretario de Salud sobre los logros, al finalizar cada año fiscal.