Vigencia de los reglamentos

24 L.P.R.A. § 2604, under Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico.

24 L.P.R.A. § 2604

Toda orden, regla o reglamento que hubiera sido promulgado conforme a cualquier ley afectada por este capítulo, y que este en vigor con anterioridad a la aprobación de esta ley, continuarán en vigor siempre que no este en conflicto con este capítulo y hasta que sean modificados, sustituidos o derogados.