Los fondos a ser asignados al Departamento de Salud para llevar a cabo las disposiciones de este capítulo, se consignarán en el Presupuesto General del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para el año 1971-72.
24 L.P.R.A. § 2607, under Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico.
24 L.P.R.A. § 2607
Los fondos a ser asignados al Departamento de Salud para llevar a cabo las disposiciones de este capítulo, se consignarán en el Presupuesto General del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para el año 1971-72.