Fijación de precios

24 L.P.R.A. § 3024a, under Hospitales, Instituciones y Programas sobre Salud.

24 L.P.R.A. § 3024a

El Departamento de Asuntos del Consumidor podrá fijar precios máximos y/o márgenes de ganancia razonable para medicamentos conforme a los criterios recomendados por el Secretario.

El Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor formulará, aprobará, y promulgará las reglas y reglamentos que sean necesarios y convenientes para implantar las disposiciones de esta sección.