Derechos, poderes, facultades y funciones de la Junta

24 L.P.R.A. § 3125, under Fideicomiso de los Niños.

24 L.P.R.A. § 3125

(a) Además de cualesquiera otras disposiciones en este capítulo, la Junta de Directores tendrá los siguientes derechos, poderes, facultades y funciones, con respecto al Fideicomiso que se crea en virtud de este capítulo.(a) Actuar como el organismo rector del Fideicomiso.(b) Formular, adoptar, enmendar y derogar reglas y reglamentos para regir sus actividades y las del Fideicomiso, determinar elegibilidad de los proponentes de proyectos a ser beneficiados por los fondos del Fideicomiso, su funcionamiento interno, ejercer y desempeñar los poderes y deberes que por este capítulo se le conceden e imponen, autorizar la contabilidad y desembolso de fondos y otras operaciones administrativas al establecer el Fideicomiso.(c) Ejercer todos aquellos poderes incidentales o que fueren necesarios o convenientes para la consecución de los propósitos de este capítulo.(d) Establecer la política pública y los objetivos del Fideicomiso a tono con este capítulo y aprobar las normas y reglamentos operacionales necesarios.(e) Determinar las áreas y prioridades de acción y aprobar los planes de trabajo que se formulen.(f) Establecer los deberes y poderes del Director Ejecutivo del Fideicomiso, en armonía con lo dispuesto en este capítulo.(g) Delegar en el Director Ejecutivo cualesquiera poderes y facultades necesarios para llevar a cabo los objetivos dispuestos en este capítulo, sujeto a las limitaciones establecidas en la sec. 3133(a) de este título.

(a) Actuar como el organismo rector del Fideicomiso.

(b) Formular, adoptar, enmendar y derogar reglas y reglamentos para regir sus actividades y las del Fideicomiso, determinar elegibilidad de los proponentes de proyectos a ser beneficiados por los fondos del Fideicomiso, su funcionamiento interno, ejercer y desempeñar los poderes y deberes que por este capítulo se le conceden e imponen, autorizar la contabilidad y desembolso de fondos y otras operaciones administrativas al establecer el Fideicomiso.

(c) Ejercer todos aquellos poderes incidentales o que fueren necesarios o convenientes para la consecución de los propósitos de este capítulo.

(d) Establecer la política pública y los objetivos del Fideicomiso a tono con este capítulo y aprobar las normas y reglamentos operacionales necesarios.

(e) Determinar las áreas y prioridades de acción y aprobar los planes de trabajo que se formulen.

(f) Establecer los deberes y poderes del Director Ejecutivo del Fideicomiso, en armonía con lo dispuesto en este capítulo.

(g) Delegar en el Director Ejecutivo cualesquiera poderes y facultades necesarios para llevar a cabo los objetivos dispuestos en este capítulo, sujeto a las limitaciones establecidas en la sec. 3133(a) de este título.