En Puerto Rico, se podrán establecer salas de ciberterapia en las facilidades desde donde ejercen los profesionales licenciados en la fisioterapia, terapia ocupacional, terapia del habla-lenguaje, psicología, consejería, trabajo social, consejería en rehabilitación y terapia educativa en Puerto Rico. No obstante, eso no impedirá el ofrecimiento de las terapias desde cualquier lugar, dentro de los límites geográficos de Puerto Rico.
Para consultas fuera de los límites geográficos territoriales de Puerto Rico, pero dentro de la jurisdicción federal, el Departamento deberá establecer el procedimiento para que dicha interacción cumpla con los requisitos federales así dispuestos.