Cláusula de supremacía

24 L.P.R.A. § 345o, under Ley para Regular la Ciberterapia en Puerto Rico.

24 L.P.R.A. § 345o

Ante cualquier inconsistencia entre la legislación o reglamentación vigente y las disposiciones incluidas en este capítulo, se dispone la supremacía de esta legislación y la correspondiente enmienda o derogación de cualquier inconsistencia con este mandato.