Relevo de responsabilidad civil

24 L.P.R.A. § 368, under Infecciones Nosocomiales.

24 L.P.R.A. § 368

Se releva de responsabilidad civil a toda persona o institución que en cumplimiento de las disposiciones de este capítulo y los reglamentos adoptados en virtud de éste, provea información al Departamento.