Ninguna disposición de este capítulo se entenderá como que modifica, altera o invalida cualquier acuerdo, contrato, convenio o reclamación en vigor a la fecha de aprobación de esta ley y durante el período de transferencia.
24 L.P.R.A. § 3681, under Cuerpo de Emergencias Médicas.
24 L.P.R.A. § 3681
Ninguna disposición de este capítulo se entenderá como que modifica, altera o invalida cualquier acuerdo, contrato, convenio o reclamación en vigor a la fecha de aprobación de esta ley y durante el período de transferencia.