Desarrollo y ejecución

24 L.P.R.A. § 3725, under Ley para Fomentar la Celebración de Ferias de Salud en los Organismos Gubernamentales.

24 L.P.R.A. § 3725

Para el desarrollo y la ejecución de la política pública establecida en este capítulo, se autoriza a los organismos gubernamentales a establecer protocolos para su cumplimiento. Se establece como meta celebrar las ferias de salud por lo menos una (1) vez al año, ya sea individualmente o en colaboración entre dos (2) o más organismos gubernamentales.